El Subsidio al Empleo, es un beneficio para las empresas, cuyo objetivo es incentivar la creación y recuperación de puestos de empleo.
Este beneficio impulsado por SENCE se enmarca en una serie de medidas tomadas por el Gobierno de Chile en el contexto de la pandemia COVID-19
Pueden postular únicamente las empresas a través del sitio Web www.subsidioalempleo.cl
Existen dos tipos de subsidio al empleo:
A continuación revisaremos en detalle ambos beneficios.
Corresponde a un subsidio de hasta $270.000 por trabajador contratado para un nuevo puesto de trabajo por 6 meses, al que podrán acceder las empresas con iniciación de actividades de primera categoría (régimen pyme, renta presunta, individuales y otras o pequeños contribuyentes del art. 22 de la ley de la renta) postulando entre el 29 de septiembre de 2020 y el 31 de marzo de 2021.
Cuando el puesto de trabajo por el que se postula sea una plaza que no existía con anterioridad, y se debe postular dentro de los primeros 30 días corridos de este contrato de trabajo
Puedes postular desde el sitio Web www.subsidioalempleo.cl
Simplemente debes ser un contribuyente de primera categoría, excluidas las empresas del Estado, y generar una nueva contratación.
Las nuevas contrataciones se consideran aquellas contratadas a partir del 28 de septiembre de 2020 y que no hayan trabajado con anterioridad para una del mismo grupo empresarial.
Este beneficio aplica únicamente para trabajadores que ganen hasta 3 ingresos mínimos y el monto dependerá de la situación específica del trabajador «nueva contratación»
Corresponderá a un 60% de la remuneración bruta mensual con un tope de $270.000 para:
Corresponderá a un 50% de la remuneración bruta mensual con un tope de $250.000 para:
En este caso, la empresa recibirá $160.000 mensuales por hasta 6 meses corridos desde su concesión, por cada trabajador suspendido al alero de la Ley de protección al Empleo COVID-19 21.227 que se reincorpore a sus funciones.
En este caso, se postula igualmente en el sitio Web www.subsidioalempleo.cl
Se puede postular entre los días 28 de septiembre de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021
La empresa que reintegra trabajadores, debe ser contribuyente de primera categoría (régimen pyme, renta presunta, individuales y otras o pequeños contribuyentes del art. 22 de la ley de la renta), y además debe haber experimentado una disminución del 20% en los ingresos brutos o ventas entre abril y julio de 2020, comparado con el mismo periodo del año 2019.
Además de lo anterior aplica para trabajadores mayores de edad que hayan estado suspendidos al día 28 de septiembre de 2020, o bien al menos 1 día por acto de autoridad entre el 28 de agosto y 28 de septiembre de 2020, cuya renta sea de hasta 3 ingresos mínimos.
A $160.000 mensuales por hasta 6 meses corridos por cada trabajador reintegrado, a menos que lo hayan reintegrado con una reducción temporal de la jornada de trabajo.
Si lo reintegran con una reducción, se pagará el proporcional.
Por ejemplo, si un trabajador es reintegrado por el 50% de la jornada, la empresa recibirá un subsidio de $90.000
Puedes obtener mayor información al respecto en https://www.subsidioalempleo.cl/Manual_Subsidio_al_Empleo.pdf
Esperamos que el artículo haya resultado de tu utilidad,
Quedamos a tu disposición,
Saludos Cordiales,
Hans von Marttens, Abogado
hans@armate.cl
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