Actualmente en Chile, un contrato de trabajo se puede firmar en línea a través de cualquier firma electrónica, sin importar si es simple o avanzada.
Es muy importante que tengas en cuenta, que esto aplica para todos los casos, SALVO en el caso de la contratación con extranjeros.
Por favor si necesitas firmar un contrato con extranjeros, lee el siguiente artículo:
Contrato de trabajo para extranjeros en Chile
En Chile, el Código del Trabajo exige únicamente que el contrato de trabajo conste por escrito, debiendo ser firmado por el empleador y trabajador en dos ejemplares quedando uno en poder de cada parte.
La ley no exige que tengas que firmar el contrato en una notaría (salvo en el caso de los trabajadores extranjeros).
Entonces, podrás firmar con todo tipo de firmas electrónicas (para aprender más sobre firmas electrónicas te recomendamos visitar ¿Cómo firmo un contrato de arriendo on-line?)
Podrías firmar por ejemplo:
Con respecto a la firma de contratos de trabajo aplica lo dispuesto en los artículos 9° del Código del Trabajo, y además es aplicable lo señalado en la Ley de Documento y Firma Electrónica.
Si no cumples con estos plazos te pueden aplicar sanciones tales como:
La ley de firma electrónica hace equivalentes las firmas que constan en papel con las que se suscriben con firma electrónica, dándole un mayor peso probatorio a los documentos que fueron firmadas con firma electrónica avanzada, de forma que si tienes la posibilidad de firmar por esta vía lo recomendamos para evitar problemas a futuro.
Es importante que tengas en consideración que el artículo 9° exige además cumplir ciertos plazos, siendo de 5 días en el caso de los contratos a plazo o por obra y faena, y de 15 días en los contratos indefinidos.
Además ten en consideración que en el caso de que se realice Teletrabajo, deberás cumplir con la normativa específica para estos casos (si es tu caso te recomendamos leer el artículo que escribimos sobre la Ley de Teletrabajo 21.220)
Por disposiciones de la Ley de Firma y Documento Electrónico tendrá la misma validez legal que un contrato suscrito en papel, teniendo incluso mayor valor probatorio si lo suscribes con firma electrónica avanzada.
El contrato de trabajo puede firmarlo por esta vía tanto el empleado como el empleador.
Es importante que si el empleador es una empresa, cuente con facultades suficientes para hacerlo, sin embargo si no las tiene y tiene la apariencia de tenerlas (por ejemplo porque quien firma es el encargado de RR.HH.), el contrato de trabajo será igualmente válido.
Depende del tipo de firma electrónica que se use, en el caso de firma electrónica simple o firma en MI DT, es gratis, y en el caso de que se firme con Firma Electrónica Avanzada, desde $3.980 por todas las firmas, dependiendo el proveedor de estas firmas que escojas.
Este tema ha sido controvertido, en teoría se requiere que el finiquito sea autorizado por un ministro de fe (como por ejemplo un notario),
A principios del año 2020, MI DT habilitó una sección para suscribir finiquitos on-line.
Este servicio ha sido intermitente este servicio y ha tenido una serie de problemas.
Incluso asociaciones gremiales de abogados han sostenido que no tiene sustento legal.
Es muy posible que en los próximos meses este tema sea resuelto y puedas firmar finiquitos en línea con toda seguridad; pero como de momento es un tema controvertido no te lo recomendamos para evitar problemas.
Esperamos que este artículo te haya resultado de utilidad,
Saludos!
Hans von Marttens, Abogado
hans@armate.cl
+5697135 9682
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