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Retiro del 10% de las AFP

El día 20 de Julio de 2020 se aprobó en la Comisión de Constitución del Senado, la idea de legislar sobre el retiro del 10% de las AFP, avanzando de esta manera a los últimos trámites para que esta modificación se convierta en ley.

El próximo miércoles 22 de Julio se votará en sala esta iniciativa en el Senado.

(última actualización 20 de julio 19:30 horas)

¿Qué me permitirá este proyecto?

Este proyecto te permitirá si estás afilado a una AFP, retirar en forma voluntaria y por única vez hasta un 10% de los fondos acumulados en tu cuenta de capitalización individual obligatoria.

¿Cuál es el máximo que podré retirar de las AFP?

Si el proyecto es aprobado en el senado tal cual está, se considera un tope máximo y podrás retirar hasta 150 UF (esto es un monto cercano a $4.300.000)

¿Existe un mínimo a retirar?

Aquí la modificación distingue en 3 situaciones:

  1. En el caso de que tu 10% sea superior a 35 UF ($1.000.000 aproximadamente), tendrás que retirar como mínimo 35 UF.
  2. Si tu 10% es inferior a 35 UF, podrás retirar hasta ese monto. De la forma en como está redactado, se debería entender que también puedes retirar menos.
  3. En el caso de que el total de tu ahorro sea menos de 35 UF, si quieres retirar, deberás retirar la totalidad de tus fondos ahorrados.

¿Tendré que pagar impuestos o comisiones por retirar el 10% de las AFP?

El actual proyecto de modificación, dispone que este retiro no constituirá renta o remuneración para ningún efecto legal, de forma que no deberías pagar ni impuesto ni comisión alguna.

¿De qué forma me pagaran el retiro del 10% de las AFP?

Este retiro, en caso de que se apruebe la modificación sin nuevas indicaciones, se pagará en dos cuotas:

  1. La primera mitad en un plazo máximo de 10 días hábiles solicitado el retiro a la AFP y
  2. El otro 50%, en un plazo máximo de 30 días hábiles desde que recibiste el primer pago.

¿Que trámites faltan?

Es muy importante que tengas en consideración que la ley que pretende realizar la modificación constitucional que te permitirá retirar el 10% aún se encuentra en tramitación y, es posible que sufra indicaciones o incluso que no sea aprobada.

Quedan a la fecha pendiente los siguientes trámites:

  1. Votación en la Cámara Alta del Senado (miércoles 22 de julio de 2020, primer lugar en tabla).
  2. Podría ocurrir también, que el proyecto fuera enviado a un tercer trámite a una comisión mixta o al Tribunal Constitucional, incluso vetado.

En la medida que el proyecto siga avanzando, publicaremos actualizaciones en nuestro sitio Web www.armate.cl

Puedes conocer el texto completo de la modificación en el Oficio Nº 15.688, dirigido por la cámara de diputados a la Presidenta del Senado con fecha 15 de julio de 2020, disponible en el siguiente Link:

https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=27157&prmTIPO=OFICIOPLEY

Esperamos que este artículo te haya resultado de utilidad.

Hans von Marttens, Abogado
hans@armate.cl

Adm_Armate

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