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Contrato de Trabajo en Plataformas Digitales

Contrato de Trabajo en Plataformas Digitales

¿Qué encontraré en esta nota?

¿Qué es el contrato de trabajo en plataformas digitales?

El Contrato de Trabajo en Plataformas Digitales es aquel contrato entre un trabajador que presta servicios personales solicitados por usuarios en una aplicación, y la empresa que administra una plataforma digital de servicios.

¿En dónde se encuentra regulado el Contrato de Trabajo en Plataformas Digitales?

Actualmente se encuentra regulado en el Código del Trabajo en los artículos 152 quáter P y siguientes, disposiciones que fueron introducidas por la ley 21.431

Estos artículos entran en vigencia el día 1 de septiembre de 2022

¿A quiénes afecta la ley 21.431?

Según el artículo 152 quáter P, la ley 21.431 aplica a cualquier caso en que exista una relación entre un prestador de servicios a través de aplicaciones y una empresa dueña de una plataforma digital.

En este sentido este artículo dispone:

«Artículo 152 quáter P.- Ámbito de aplicación. El presente Capítulo regula las relaciones entre trabajadores de plataformas digitales, dependientes e independientes, y empresas de plataformas digitales de servicios prestados en el territorio

La ley además clasifica a estos trabajadores en:

  • Trabajadores de plataformas digitales dependientes
  • Trabajadores de plataformas digitales independientes

¿Qué son las empresas de plataforma digital de servicios?

La ley define como Empresa de plataforma digital de servicios a «Aquella organización que, a título oneroso, administra o gestiona un sistema informático o de tecnología ejecutable en aplicaciones de dispositivos móviles o fijos que permite que un trabajador de plataformas digitales ejecute servicios, para los usuarios de dicho sistema informático o tecnológico, en un territorio geográfico específico, tales como el retiro, distribución y/o reparto de bienes o mercaderías, el transporte menor de pasajeros, u otros.«

De esta manera serían ejemplos de empresas de plataforma digital de servicios:

Entre otros.

¿Con la entrada en vigencia de la ley significa que todos los prestadores de servicios de app´s tendrán contrato de trabajo?

Lo anterior no ocurrirá necesariamente en atención a que la ley distingue entre trabajadores dependientes y trabajadores independientes.

Sin embargo, en todos aquellos casos en que exista una relación de subordinación y dependencia deberá existir un contrato de trabajo.

¿Cuándo existe una relación de subordinación y dependencia?

La DT ha definido a la subordinación y dependencia como el «sometimiento – en relación a las labores ejecutadas – a la forma y condiciones impuestas por el empleador. Luego la subordinación se materializa por la obligación del trabajador, de forma estable y continua, de mantenerse a las órdenes del empleador y de acatarlas» fuente: https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-article-100172.html

Esto significa que cada vez que exista un prestador de servicios que trabaje en forma estable y continua y ejecute las ordenes de la aplicación (como por ejemplo conectarse todos los días dentro de un horario fijo para aceptar viajes o pedidos) debería verificarse esta relación de subordinación y dependencia y por tanto debería existir una relación laboral.

¿Cuándo un trabajador de app podría ser considerado independiente?

Cuando no esté sometido a subordinación y dependencia, por ejemplo, existe la web app Star of Service que permite vincular a profesionales con personas que requieren un servicio.

Podría ocurrir por ejemplo que una persona requiriera los servicios de un abogado, y decide contratarlo a través de Star of Service y luego el abogado presta sus servicios profesionales de manera independiente.

¿Qué cosas exige la ley respecto de los trabajadores en app digitales?

La ley establece un mínimo que aplica tanto a trabajadores dependientes como independientes, en este sentido en todos los casos las apps digitales deberán, por ejemplo:

  • Informar al trabajador el servicio ofrecido, informando al trabajador, al momento de ofrecer un servicio y previo a que este lo acepte el lugar de realización, la identidad del usuario del servicio y el medio de pago que utilizará.
  • Mantener los datos del trabajador de forma reservada pudiendo ser usados por la app solo en el contexto de los servicios que presta y solamente podrán ser revelados en caso de una resolución judicial.
  • Permitir al trabajador ejercer su derecho a solicitar la portabilidad de sus datos a otra app.
  • Las empresas deberán permitir el acceso a los fiscalizadores al algoritmo para efectos de fiscalización del cumplimiento de la ley.
  • Las empresas no podrán discriminar a los trabajadores con relación a la asignación de trabajo, bonos, incentivos y cálculos de remuneraciones
  • Se deberán capacitar a los trabajadores en materias de seguridad y salud.
  • En el caso de motociclistas y ciclistas la empresa deberá proveer de un casco y elementos de seguridad como rodilleras y coderas, que deberán ser devueltas por el trabajador una vez que finalice el contrato.
  • Deberán contratar un seguro para los bienes personales del trabajador con una cobertura mínima anual de 50 UF

Además de lo anterior la ley tiene una serie de exigencias específicas para el caso del contrato de trabajo y de los independientes.

Así por ejemplo en los contratos de trabajo deberán indicar:

  • La determinación de la naturaleza de los servicios y los términos y condiciones en los que deben prestarse.
  • El método de cálculo para la determinación de la remuneración.
  • La designación de una canal oficial para que el trabajador pueda presentar objeciones o reclamos.
  • La determinación de la zona geográfica en dónde se prestará el servicio o bien indicar si esta queda a libre voluntad del trabajador.
  • Los criterios utilizados para vincular al trabajador con un usuario de una app.

Por otro lado, el contrato con independientes deberá incorporar:

  • Individualización de las partes
  • Los términos y condiciones para determinar el precio o tarifa de los servicios del trabajador independiente.
  • Los criterios para establecer el contacto entre el trabajador independiente y los usuarios deberán ser claros y transparentes.
  • Las reglas de protección de datos personales.
  • Los tiempos máximos de conexión continua y la obligación de desconexión por parte de la empresa de plataforma digital de servicios.
  • La designación del domicilio para efectos de comunicaciones y notificaciones judiciales.
  • Las causales de terminación del contrato.
  • Las condiciones generales de prestación de servicios a través de la plataforma.

¿Qué problemas pudiera suponer la ley de Contrato de Trabajo para Plataformas Digitales?

Resulta muy singular que esta ley haya incorporado normas al Código de Trabajo con respecto a trabajadores independientes.

Lo anterior seguramente fomentará a las empresas a tomar medidas para intentar circunscribir la relación a una relación independiente, mientras que los trabajadores muy probablemente intentarán que sus relaciones con la aplicación sean de carácter laboral.

Esto podría ocasionar una serie de litigios y juicios laborales una vez finalizadas las relaciones en el caso de trabajadores que hubieran prestado servicios como independientes señalaran que se incumplieron obligaciones relacionadas con una relación laboral.

Tendremos que esperar a la práctica para ver cómo resuelven estas situaciones las empresas y si comienzan a aplicar mayormente contratos para trabajadores independientes o dependientes.

Hans von Marttens, Abogado

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