La nueva Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias, comúnmente conocida como “Ley de transferencias bancarias”, tiene el propósito de fortalecer la fiscalización y reducir los niveles de evasión y elusión tributaria entre los contribuyentes.
¿Qué busca la Ley de Transferencias Bancarias?
El objetivo principal de esta ley es identificar y fiscalizar actividades económicas informales que no cumplen con sus obligaciones tributarias. A través de una mayor trazabilidad de las transferencias electrónicas de dinero, se pretende garantizar el cumplimiento efectivo de las normas tributarias.
¿Qué debe informar el banco según la Ley de Transferencias Bancarias?
Los bancos deberán informar al SII cuando se verifiquen ciertos movimientos en las cuentas de sus clientes que podrían ser indicativos de actividad económica no declarada.En particular, estarán obligados a reportar en los siguientes casos:
- Cuando una persona reciba más de 50 transferencias electrónicas desde distintos remitentes en un mismo mes.
- Cuando, en un período de seis meses, una persona reciba transferencias provenientes de más de 100 personas distintas.
Estas medidas buscan facilitar la detección de ingresos no informados, especialmente aquellos derivados del comercio informal, permitiendo al SII focalizar su fiscalización y velar por el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias.
¿Cuando deben informar los bancos sobre estos movimientos?
El primer informe que deben remitir las entidades financieras al Servicio de Impuestos Internos (SII) será entregado en julio de 2025, y abarcará los movimientos registrados entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2025.
¿Y si soy tesorero de un grupo o comunidad y recibo muchas transferencias?
La ley contempla que no toda la información recibida por el Servicio de Impuestos Internos (SII) dará lugar automáticamente a una acción de fiscalización. Existen situaciones en que el SII solo realizará análisis de información, sin que ello implique un procedimiento fiscalizador inmediato.
En particular, esto ocurrirá en los siguientes casos:
- Personas que actúan como recaudadores o tesoreros de fondos comunes, organizaciones sociales, cursos escolares, comunidades religiosas u otras agrupaciones sin fines de lucro.
- Transferencias asociadas a colectas solidarias, rifas benéficas o campañas de ayuda.
- Recaudador de una comunidad para pago de servicios comunes.
¿Qué ocurre si tengo una empresa formalizada y recibo muchas transferencias?
Si tienes una empresa formalmente constituida, inscrita en el SII y cumpliendo regularmente con tus declaraciones de IVA, Renta y otras obligaciones tributarias, no deberías preocuparte por el hecho de recibir muchas transferencias electrónicas.
En este caso, el hecho de que el banco informe tus movimientos al SII no implica ninguna infracción ni fiscalización automática, ya que las transferencias estarán debidamente respaldadas por tu actividad económica declarada. El SII cruzará los datos y, mientras tus ingresos y egresos estén debidamente registrados, no existirán observaciones relevantes.
¿Qué pasa si no he formalizado mi empresa?
Si estás desarrollando una actividad económica, como ventas por redes sociales, prestación de servicios, producción artesanal, entre otros, sin tener tu empresa formalizada ni estar inscrito ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), debes tener especial cuidado con la nueva Ley de Transferencias Bancarias.
Bajo esta normativa, si recibes muchas transferencias electrónicas de distintas personas, tu banco estará obligado a informar esos movimientos al SII. Si el SII detecta que estás generando ingresos regulares y no declarados, podría iniciar un proceso de fiscalización por evasión tributaria.
Esto puede derivar en:
- Requerimientos formales de información por parte del SII.
- Determinación de impuestos no declarados, con recargos, intereses y posibles multas.
- En casos más graves, acciones penales por delitos tributarios, si se configura dolo o habitualidad en la evasión.
¿De qué manera puedo formalizar mi empresa?
Si estás realizando una actividad económica de manera habitual y quieres evitar problemas con el Servicio de Impuestos Internos (SII), especialmente a la luz de la nueva Ley de Transferencias Bancarias, formalizar tu empresa es el paso correcto.
De esa manera, para formalizar tu empresa los pasos a seguir serían:
- Constituir tu empresa.
- Obtener el RUT de tu empresa.
- Realizar el inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos.
- Emitir boletas o facturas por los servicios o productos que entregas.
- Mantener una contabilidad básica y ordenada, aunque sea simplificada.
Formalizarte no solo te protege frente al SII, sino que también te abre puertas para crecer, postular a fondos públicos, celebrar contratos formales y construir una reputación comercial legítima.
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En Ármate Abogados contamos con la experiencia necesaria para acompañarte en este proceso. Te recomendamos asesorarte con un abogado experto, como los de nuestro equipo, para que tu formalización se realice de forma segura, eficiente y en cumplimiento de la normativa vigente.
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