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Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Responsabilidad Limitada

¿Qué encontraré en esta nota?

La Sociedad de Responsabilidad Limitada o Ltda., es una estructura jurídica empresarial conformada por 2 o más personas que limitan su responsabilidad al monto de sus aportes.

¿Qué significa que responderán hasta el monto de sus aportes?

Significa que cuando formalices tu empresa limitada, tendrás la obligación de aportar un determinado monto.

Este monto puede consistir en dinero efectivo, en bienes (por ejemplo un auto) o incluso en trabajo.

Para efectos de evitar valorizaciones de tu aporte te recomendamos que sea en dinero efectivo.

Respecto de las obligaciones que tenga tu Sociedad de Responsabilidad Limitada, en caso de que la empresa no alcance a cubrir todas sus obligaciones, los acreedores únicamente te podrían exigir que completes tu aporte.

Si ya lo completaste no podrán exigirte personalmente el cumplimiento de la obligación.

¿Cómo funciona la limitación de responsabilidad en una limitada?

Cuando constituyes una Sociedad de Responsabilidad Limitada esta «nace a la vida del derecho», lo que significa que tiene ciertos derechos y obligaciones.

Al igual que una persona natural, una sociedad de responsabilidad limitada tiene su patrimonio propio.

Cualquier deuda u obligación de la empresa se hará efectiva en el patrimonio de la empresa.

Por ejemplo, si 2 socios constituyen una Ltda. con un aporte de $1.000.000 y nunca hacen más movimientos y la empresa luego asume obligaciones por $2.000.000, sus acreedores podrán cobrar únicamente respecto del patrimonio de la empresa, pudiendo cobrar únicamente $1.000.000

Ahora si en esta misma sociedad de responsabilidad limitada que constituyeron 2 socios con $1.000.000 le fue excelente y tiene en caja $10.000.000, frente a una obligación de $2.000.000, sus acreedores podrán cobrar la totalidad de la deuda porque la empresa tiene dinero suficiente para cumplir.

Se llaman Sociedades de Responsabilidad Limitada, porque los acreedores no podrían ir en contra del patrimonio de los socios.

¿Qué negocios puede realizar una limitada?

Una Sociedad de Responsabilidad Limitada o Ltda., podrá realizar todos los negocios que acuerden los socios en la constitución como parte de su «objeto social».

El objeto social, es una cláusula que contienen las empresas en la que se establece a qué negocio específico se dedicará la empresa.

¿Qué nombre puede tener mi Limitada?

La ley 3.918 que regula a las Sociedades de Responsabilidad Limitada, exige que en el nombre contenga al menos el apellido de alguno de los socios, o una referencia al objeto de la sociedad, terminado por la expresión «Limitada»

Además de lo anterior, permiten el establecimiento de nombres de fantasía que  deben terminar con la palabra Limitada.

Por ejemplo, podríamos formalizar una empresa de abogados llamada «von Marttens Abogados Limitada», y tener como nombre de fantasía «Ármate Limitada».

¿Existen otro tipo de sociedades con Responsabilidad Limitada?

Si en Chile existen una serie de empresas que limitan la Responsabilidad, entre ellas las Sociedades Anónimas, las Sociedades por Acciones, las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada.

Al respecto te recomendamos leer los siguientes artículos donde ya hemos tratado estos temas:

¿Cómo puedo formalizar una Sociedad de Responsabilidad Limitada?

Como la mayoría de las Empresas en Chile, la puedes formalizar a través de Escritura Pública, o bien a través del sistema simplificado de «Empresa en un día«, te dejamos algunos artículos donde ya hemos tratado este tema con anterioridad.

En todo caso, te recomendamos formalizar tu empresa asesorado por especialistas, en caso de que necesites ayuda contamos con abogados especializados dispuestos a ayudarte.

Esperamos que el artículo haya resultado de tu utilidad y quedamos a tu disposición,

Hans von Marttens, Abogado
[email protected]

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