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¿Cómo finiquitar a un trabajador?

¿Cómo finiquitar a un trabajador?

¿Qué encontraré en esta nota?

Si tienes una empresa y necesitas despedir a un trabajador, es muy importante que tengas en consideración algunos requisitos para poner término a la relación laboral.

¿Cuáles son los pasos a seguir?

En este caso, vamos a revisar los pasos para finiquitar un trabajador que ha sido desvinculado de la empresa. Para esto, debes cumplir con ciertas formalidades:

Carta de desvinculación: Ésta debe estar dirigida directamente al trabajador e indicar cuál es la causal de desvinculación y la fecha de término de contrato. Además cuáles son los motivos que justifican esta causal, los montos de indemnización y la hora, día y lugar dónde estará disponible el finiquito para la firma.

Si la causal de despido es por necesidades de la empresa (que es la más común), debes entregar la carta con al menos 30 días de anticipación, a menos que prefieras pagar la indemnización sustitutiva del aviso previo. En este caso, por lo general, se entrega el mismo día del término de contrato. 

 

Cotizaciones: las cotizaciones del trabajador deben estar al día y pagadas enteramente, de lo contrario el despido no tendrá efecto y estarás obligado a continuar pagando las cotizaciones mientras la deuda siga impaga. 

Debes acreditar el pago de las cotizaciones de AFP, salud y seguro de cesantía (en caso de que corresponda) a través de certificados de las unidades competentes o planilla de pagos hasta el último día del mes anterior al despido. 

Esto solamente es requisito si el término de contrato es por desvinculación, no aplica si es renuncia del trabajador o un acuerdo entre éste y la empresa. 

Finiquito: debes entregarlo al trabajador en un plazo máximo de 10 días desde su desvinculación, adjuntando el cheque por el monto total a pagar, en caso de que corresponda y el comprobante de pago de cotizaciones del trabajador por todo el período trabajado.

¿Qué incluye la indemnización en el finiquito?

Éste debe contener (según corresponda)

  • Indemnización sustitutiva del aviso previo.
  • Indemnización del feriado anual o vacaciones: corresponde al pago de las vacaciones que el trabajador no usó. Si no alcanzó a trabajar un año, se calcula el proporcional a los días correspondientes según el tiempo que permaneció en la empresa.
  • Indemnización por años de servicio: corresponden a un mes de sueldo por cada año de servicio, luego de 6 meses consecutivos de trabajar en la empresa. Tiene un tope de 11 años. 

¿Dónde puedes firmar un finiquito?

Tienes dos formas de hacerlo: de manera presencial en la Dirección del Trabajo o ante notario y de forma online en un portal habilitado de la Dirección del Trabajo

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