En este artículo, te presentamos el caso de nuestro cliente David Herrera, un emprendedor chileno que se encuentra defendiéndose de una demanda de nulidad presentada por José Pedro Balmaceda Pascal. El conflicto gira en torno a la marca “PEDRO PISCAL”, creada por Herrera para su pisco. A continuación, te contamos más detalles sobre este caso:
MARCA PEDRO PISCAL
Actualmente, nuestro cliente, don David Herrera, es el legítimo titular de la marca “PEDRO PISCAL” para proteger Aguardiente de Uva (pisco) y la administración y gestión de negocios. Esta protección corresponde a las clases 33 y 35 según el clasificador de INAPI.
En otras palabras, don David Herrera es la única persona autorizada para utilizar la denominación “PEDRO PISCAL” en relación con el pisco. Esta protección abarca todo el territorio nacional y se extiende hasta el año 2033, con la posibilidad de renovarla por periodos de 10 años.
Como «PEDRO PASCAL» llega a ser una marca registrada
Con el objetivo de proteger su marca, don David Herrera solicitó el registro de la misma ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) en marzo de 2023.
Este proceso de tramitación incluye la publicación en el Diario Oficial durante 30 días hábiles, período en el cual cualquier persona o empresa puede presentar una demanda de oposición. En este caso, no se presentó ninguna demanda en contra de la marca “PEDRO PISCAL”.
Posteriormente, el INAPI llevó a cabo un análisis exhaustivo para determinar si la marca de David Herrera cumplía con los requisitos legales para convertirse en una marca registrada. Al no incurrir en ninguna causal de irregistrabilidad, el INAPI concedió el registro de la marca.
Sobre la demanda de nulidad de José Pedro Balmaceda Pascal
Casi un año después de que David Herrera consiguiera el registro de su marca en INAPI, los abogados del señor José Pedro Balmaceda Pascal presentaron una demanda de nulidad en contra de la marca PEDRO PISCAL.
La demanda se fundamenta en que la marca PEDRO PISCAL “genera evidentemente toda clase de confusiones en el consumidor objetivo” y que se trataría de una marca “contraria al orden público, a la moral o a las buenas costumbres”.
Para sustentar lo anterior, la demandante acompaña notas de prensa donde se indica que don David Herrera nombró a su pisco como PEDRO PISCAL inspirado o en homenaje a don José Pedro Balmaceda Pascal, lo que es absolutamente falso, pues, a la fecha de la presentación de la demanda, don David Herrera no había prestado declaraciones a la prensa
PISCO PEDRO PISCAL es asesorado por ÁRMATE ABOGADOS
Frente a la demanda de nulidad que tenía en su contra don David Herrera, es que llega a nuestro Estudio Jurídico buscando asesoría legal especializada en materias de Propiedad Intelectual.
Anteriormente, en nuestro Estudio Jurídico hemos logrado el registro de marcas como “SUPERPAN”, “TIRO DE GRACIA”, “HARRY PLOTTER”, entre muchas otras que no han tenido notoriedad pública, pero que sí representan mucho para sus titulares.
Argumentos de ÁRMATE ABOGADOS frente a la demanda de PEDRO PASCAL
Se debe tener presente que don David Herrera logró registrar su marca después de pasar por un exhaustivo análisis realizado por INAPI. Después de verificar que dicha marca cumplía con los requisitos establecidos en la ley, le otorgaron la calidad de marca registrada.
Don David Herrera utiliza su marca de manera legítima, comercializando su pisco sin hacer referencia alguna a don José Pedro Balmaceda Pascal. No utiliza su imagen ni su figura, ni ningún elemento que permita establecer alguna relación entre el pisco PEDRO PISCAL y el actor que demanda la nulidad de su marca.
El demandante es un actor, es decir, sus servicios se limitan a interpretar personajes según los guiones y directrices que se le proporcionan. En ningún caso los servicios de actuación de Pedro Pascal se relacionan con la producción de pisco.
Respecto de la marca del actor PEDRO PASCAL
El actor demandante, don JOSÉ PEDRO BALMACEDA PASCAL, en noviembre de 2023 solicitó el registro de la marca “PEDRO PASCAL” en la clase 3 (productos cosméticos, como aceites, perfumes, cremas, etc.), clase 25 (artículos de vestuario), clase 28 (adornos, juegos, juguetes) y clase 41 (producción cinematográfica, organización de espectáculos, etc.).
La marca solicitada nos permite concluir que a don José Pedro Balmaceda Pascal no le interesa la comercialización de pisco, sino proteger las actividades que viene desarrollando.
ÁRMATE ABOGADOS y la lucha contra el bullying marcario
En ÁRMATE ABOGADOS, recibimos constantemente correos de emprendedores que denuncian ser acosados o intimidados por parte de grandes empresas en el ámbito de la propiedad intelectual. Estas corporaciones, con sus vastos recursos y equipos legales, a menudo intentan socavar los derechos de marcas registradas de los emprendedores, dificultando su crecimiento y éxito.
Las grandes empresas suelen presentar demandas de oposición cuando un emprendedor solicita el registro de una marca. Alegan similitudes con sus propias marcas, incluso si las diferencias son mínimas. Esta táctica puede retrasar el proceso y generar costos adicionales para el emprendedor.
Como sucedió en el caso de David Herrera y su marca “PEDRO PISCAL”, los emprendedores a menudo reciben cartas que catalogan como “amenazantes” o “intimidantes”. Estas cartas buscan exigir cambios en los nombres comerciales o la retirada de productos del mercado.
En ÁRMATE ABOGADOS, estamos dedicados a brindar asesoría legal a emprendedores. Nuestros precios y servicios se ajustan a las necesidades y posibilidades económicas de quienes están comenzando. Si tú también has recibido una carta por parte de una gran empresa o tu solicitud de registro de marca ha sido objeto de una demanda de oposición, no dudes en contactarnos directamente.
CONCLUSIÓN
En ÁRMATE ABOGADOS, estamos trabajando para acreditar ante INAPI que bajo la marca “PEDRO PISCAL” se está desarrollando un negocio legítimo y que protege productos y servicios distintos ofrecidos al actor don José Pedro Balmaceda Pascal.
También buscaremos acreditar que ambas marcas son fonética y semánticamente distintas, pues la marca “PEDRO PISCAL” hace referencia a “pisco”.
Todo lo anterior permite que el público consumidor pueda distinguir sin riesgo de confusión el origen empresarial de los productos y servicios de ambas marcas, de forma que instaremos por acreditarlo frente a las autoridades respectivas.